1.- Concepto no. 1
de: Derecho laboral:
La rama del derecho
que se encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo
humano se conoce como derecho laboral.
2.- Concepto no. 2
de: Derecho laboral:
El Derecho laboral es una rama del Derecho cuyos principios y normas
jurídicas que tienen por objeto la tutela
del trabajo
humano, productivo, libre y por cuenta ajena.
El derecho laboral o Derecho del
trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las
relaciones entre empleador(es), trabajador(es),
las asociaciones sindicales y el Estado.
3.- Empresa:
Se entiende por empresa la unidad económica de producción
o distribución de bienes o servicios y por establecimiento la unidad técnica
que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y
contribuya a la realización de los fines de la empresa.
4.- Patrón:
Es la persona física o moral que utiliza los servicios de
uno o varios trabajadores.
5.- Trabajador:
Es la persona
física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.
6.- Jornada de
trabajo:
Es el tiempo
durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.
7.- Salario:
Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador
por su trabajo.
8.- Relación de
trabajo:
Se entiende
por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la
prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago
de un salario.
9.- Días de descanso:
Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de
un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro. En los trabajos
que se requiera una labor continua, los trabajadores y el patrón fijarán de
común acuerdo los días en que los trabajadores deban disfrutar de los de
descansos semanales.
10.- Vacaciones:
El tiempo que el trabajador puede descansar de las
actividades que realiza de manera personal y subordinada para su patrón, ello
con goce de sueldo.
11.- Contrato de
trabajo:
Acuerdo por el cual una persona natural
(trabajador) se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o
jurídica (empleador), bajo dependencia o subordinación y a cambio de un
salario.
12.- Sindicato:
Es la
asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio,
mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
13.- Huelga:
Es la suspensión
temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.
14.- Paro de labores:
El paro laboral consistente en la abstención, por parte
de un grupo de trabajadores, para prestar los servicios a que están obligados,
y que dicha abstención debe ser el resultado de un concierto previo.
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