CONTRATO DE TRABAJO
Contrato de trabajo de Chofer
En Navojoa Sonora
a 15 de mayo del 2013, entre el Empresario o Empresa de Transportes,
representado legalmente por Andrés Ruiz Rangel domiciliado para estos
efectos en Leona vicario #212 , de Navojoa y de nacionalidad Mexicana, nacido
el 22 de agosto de 1968, estado civil Casado, sexo Masculino y Luis
Duarte domiciliado en Rio Grijalva #199 de Navojoa, nacionalidad Mexicana, nacido
el 19 de enero del 1965, estado civil casado, sexo masculino.
Se ha convenido el
siguiente Contrato Individual de Trabajo, para cuyo efecto las partes convienen
en denominarse "Empresario y Conductor", respectivamente.
PRIMERO : Don Luis
Duarte, se compromete a efectuar el trabajo de Conductor en los buses que
el Empresario le asigne, dentro de la Asociación Gremial de Buses del mayo
y que están destinados al servicio de la locomoción colectiva rural en el
trayecto de Huatabampo a Navojoa.
SEGUNDO: El
trabajo específico del Conductor consistirá, por lo tanto, en el transporte y
traslado de pasajeros y de la carga rural correspondiente, valijas, bultos,
paquetes, cartas y encomiendas que se deba distribuir en los trayectos antes
indicados.
TERCERO: La jornada efectiva de trabajo será de 30
horas semanales, distribuidas en seis días incluyendo domingos y festivos.
Esta jornada, que no podrá exceder de 10 horas diarias se desarrollará en el
horario comprendido entre las 7:00 am a
las 12:00 horas.
CUARTO: Se le capacitara en un periodo de cada 3
meses por un oficial de tránsito.
QUINTO:
Considerando que la jornada de trabajo incluye domingos y festivos, el
Conductor tendrá derecho a descansar un día a la semana, en compensación a las
actividades desarrolladas en día domingo y otro por cada festivo en que el
trabajador preste servicios..
SEXTO : El
Empresario se compromete a remunerar mensualmente al trabajador, por la
prestación de sus servicios ordinarios o especiales que se fijen, con la
cantidad de $3000 mensuales la que tendrá el carácter de sueldo base y que se
pagará los días 30 de cada mes.
SEPTIMO:
Presentarse puntualmente a la hora prefijada para el cumplimiento de su turno,
en todo caso, con una antelación de 10 minutos a lo menos a la hora de salida
en su respectiva parada.
OCTAVO: Se deja
constancia que Don Luis Duarte ingresó al servicio del empresario con
fecha del 15 de mayo del 2013 declarando haber recibido en este acto, un
ejemplar del presente contrato que se extiende y firma en dos ejemplares.
NOVENO: Las
partes declaran que aceptan tener como parte integrante de este contrato los
reglamentos internos de la Asociación y las circulares sobre sistemas de
trabajo que emita el Directorio.
Sr. Andrés Ruiz Sr. Luis Duarte
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FIRMA DEL
EMPRESARIO
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FIRMA DEL CONDUCTOR
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